Financiamiento universitario: la Justicia suspendió provisoriamente las multas diarias de $100.000 al Gobierno

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso que la apelación del Estado se tramite con efecto suspensivo. La sanción contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, queda en pausa mientras continúa el proceso judicial.

a disputa por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario sumó un nuevo capítulo judicial. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente la aplicación de las multas diarias de $100.000 que el juez Martín Cormick había impuesto al Gobierno por el presunto incumplimiento de una medida cautelar vinculada con los salarios universitarios y las becas estudiantiles.

La decisión se produjo luego de que el tribunal admitiera una queja presentada por el Ministerio de Capital Humano y ordenara que la apelación del Estado se tramite con efecto suspensivo ante el juzgado de primera instancia.

La sanción había sido fijada contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, después de que el magistrado considerara que el Gobierno no había cumplido con la orden judicial. La medida exigía actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas y garantizar los fondos para las becas, de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley.

Cormick había intimado a las autoridades nacionales a cumplir con la cautelar y, una vez vencido el plazo otorgado, hizo efectiva la advertencia de aplicar astreintes, es decir, multas económicas destinadas a presionar para que se cumpla una orden judicial.

Qué cambia con la decisión de la Cámara

El Gobierno había sostenido en su presentación que la medida cautelar ya estaba cumplida y solicitó que su apelación tuviera efecto suspensivo. Ese planteo había sido rechazado por el juez de primera instancia, por lo que el Ministerio de Capital Humano recurrió a la Cámara.

Con la nueva resolución, las multas quedan provisoriamente suspendidas mientras se sustancia la apelación. Sin embargo, la Cámara no resolvió si el Estado cumplió efectivamente con la cautelar ni se pronunció sobre el fondo de la controversia.

La decisión tampoco implica que se haya declarado inválida la Ley de Financiamiento Universitario. El expediente deberá continuar su trámite judicial.

El conflicto por el financiamiento universitario

La controversia se originó en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) contra el decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo condicionó la aplicación de la ley a que el Congreso identificara las fuentes de financiamiento.

El 6 de octubre, Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó aplicar la norma. El Gobierno apeló ese fallo.

En paralelo, la cautelar que dispone la actualización de los salarios universitarios y de las becas estudiantiles había sido confirmada por la Corte Suprema el 25 de junio de 2026, según los antecedentes consignados en la causa.

De esta manera, el conflicto continúa en los tribunales, mientras se resuelve la apelación del Estado y permanece abierta la discusión sobre el cumplimiento de las obligaciones vinculadas con el financiamiento de las universidades públicas.

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