El gobierno oficializó el decreto que desregula las obras sociales

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La libre elección podrá ejercerse por el plazo que determine la autoridad de aplicación

La norma establece “el derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.

La elección se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud, dice el decreto.

La medida alcanza a los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros. La libre elección será por el pazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la solicitud.

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