El juez de Garantías, doctor Leandro D. Llorente, resolvió este sábado revocar la prisión preventiva que pesaba sobre Lionel Luis Caccio, imputado por la muerte de Camila González, y ordenó su inmediata libertad. La decisión se tomó luego de que las partes informarán sobre la existencia de un registro fílmico que, en principio, descartaría su intervención en el hecho investigado.
La audiencia para la modificación de las medidas de coerción fue solicitada por la defensa del imputado el viernes 18 de octubre a las 21:40 horas, y se realizó este sábado a las 11:00 horas, tras ser fijada con celeridad por la Oficina Judicial Capital.
Durante la audiencia, el juez consideró que, ante la aparición del nuevo material probatorio, no subsistían los riesgos procesales que justificaban la prisión preventiva, como el peligro de fuga o el entorpecimiento de la investigación. Además, remarcó que no se presentaron elementos de prueba que vinculen directamente al imputado con el hecho.
«No hay elementos objetivos para mantener medidas restrictivas», sostuvo el magistrado
El juez Llorente se dirigió a la familia de la víctima, presente en la sala, para explicar que las medidas de coerción representan una restricción de derechos fundamentales y deben aplicarse de forma excepcional y transitoria. En ese sentido, aclaró que la prisión preventiva ya no podía sostenerse ante la nueva evidencia.
Si bien Fiscalía, Querella y Defensa coincidieron en que podían aplicarse medidas menos gravosas —como una restricción de acercamiento del imputado a la familia de la víctima—, el magistrado señaló que tales restricciones también afectan derechos fundamentales y requieren fundamentos objetivos más allá del acuerdo entre las partes.
“No pueden sostenerse únicamente en el deseo de la parte en cuyo interés se piden”, explicó el juez, quien subrayó que, según la Constitución Nacional, toda medida restrictiva debe estar basada en elementos objetivos que justifiquen su aplicación, lo que no se verificó durante la audiencia.
Finalmente, el juez Llorente ordenó la inmediata libertad de Caccio, decisión que no fue impugnada por ninguna de las partes presentes.









