Se aprobó la eliminación de moratoria jubilatoria

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El artículo 226 deroga la Ley N°27.705 de Plan de Pago de Deuda previsional, que contemplaba la regularización de aportes para mujeres de entre 50 y 60 años y para hombres de 55 a 65 años.

En reemplazo de esta moratoria, el artículo 227 crea la Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que hubieran alcanzado los 65 años de edad y que no cumplan con el requisito de 30 años de servicios con aportes. El haber mensual para los beneficiarios será equivalente al 80% de una jubilación mínima.

En concreto, quienes no hayan terminado sus aportes, cobrarán a partir de la edad 65 años un haber mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), la cual equivale al 80% de la jubilación mínima ($260.141,60 contemplando el refuerzo).

Los requisitos para acceder serán los mismos que rigen actualmente para la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): no ser beneficiario de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo; no recibir la Prestación por Desempleo y mantener la residencia en el país.

Con 125 votos a favor, 113 en contra y 3 abstenciones

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