Los acusados fueron considerados coautores del delito de contrabando agravado de precursores químicos mediante el empleo de documentación adulterada, en grado de tentativa. La carga de acetato de etilo, incluida en el listado del Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE), fue valuada en más de 167 millones de pesos.
Dos camioneros fueron condenados a cuatro años y ocho meses de prisión por el intento de contrabando a Bolivia de más de 35 toneladas de acetato de etilo, un precursor químico utilizado en el proceso de elaboración de clorhidrato de cocaína. El hecho fue detectado en marzo pasado en el paso internacional de Aguas Blancas, en la provincia de Salta.
Ambas condenas se dieron en el marco de acuerdos plenos alcanzados entre la Sede Fiscal Descentralizada Orán y las defensas. La investigación estuvo a cargo del titular de esa sede descentralizada, el fiscal federal subrogante Marcos Romero, con la intervención de la auxiliar fiscal Alejandra Morales Barberá y el investigador Francisco Mena.
La sentencia alcanzó a Juan Carlos Nina González y Carlos Puma García, ambos de nacionalidad boliviana, quienes reconocieron la existencia del hecho y su participación, y prestaron conformidad con la calificación legal y las penas propuestas por la fiscalía.
Los acuerdos fueron homologados en una audiencia realizada el 22 de octubre pasado ante la jueza Marta Liliana Snopek, del Tribunal Oral Federal (TOF) N°1 de Salta, que intervino de manera unipersonal.
Los imputados fueron considerados coautores del delito de contrabando agravado de precursores químicos, mediante el empleo de un documento adulterado, en grado de tentativa, en concurso ideal con el ingreso de precursores químicos a una zona de frontera sin contar con la debida autorización.
Además de las penas de prisión, se acordó para ambos la inhabilitación absoluta por el término de la condena y la aplicación de las sanciones accesorias previstas en el artículo 876 del Código Aduanero. También se dispuso el decomiso de la sustancia química secuestrada y de los teléfonos celulares incautados. Respecto de Puma García, se incluyó además el decomiso del tractor del camión y el semirremolque utilizados para el transporte.
La sustancia secuestrada, valuada en 167.608.459 pesos, había ingresado al país desde Uruguay y tenía como destino final Bolivia. De acuerdo con la investigación, el traslado se desarrolló en el marco de una operatoria comercial que involucró a empresas de Uruguay, Bolivia y Panamá.
El caso
En la audiencia de control de la acusación, realizada a fines de septiembre pasado, el fiscal Romero explicó que la investigación se inició a partir de un procedimiento realizado el 16 de marzo de 2026 en el paso internacional Aguas Blancas-Bermejo. Allí, personal de Gendarmería Nacional controló dos camiones de transporte internacional que intentaban egresar del país con una carga de 35.144 kilogramos de acetato de etilo en un total de 191 tambores, distribuidos 95 en un vehículo y 96 en el otro.
La documentación establecía que la carga debía salir del país, pero por el paso internacional de Salvador Mazza y continuar hacia Bolivia, con destino final en la ciudad de Cochabamba. Sin embargo, ese 16 de marzo, tras circular por el norte y litoral argentino, los vehículos llegaron al paso internacional de Aguas Blancas, donde fueron sometidos al control.
La documentación comercial consignaba como primera empresa transportista a Melinor S.A., de Uruguay, y posteriormente a la firma Cooperativa Tarija del Sur SRL. La adquirente de la mercadería era Southpac Corporation, una entidad con domicilio en Panamá, aunque la sustancia tenía como destino final a Corporación Mathiesen S.A., radicada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.
El acetato de etilo se encuentra incluido en la lista de precursores químicos sometidos a un régimen especial de fiscalización por parte del Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).
Documentación adulterada
Al momento del control, los choferes presentaron la documentación comercial y los permisos correspondientes al RENPRE, entre ellos una autorización de tránsito internacional y el itinerario de la carga. Sin embargo, al cotejarla con el organismo de control, se determinó que la documentación no se correspondía con la autorización emitida. Por un lado, los dominios de los dos camiones utilizados no habían sido autorizados para esa operación, y por el otro, el recorrido realizado no coincidía con el aprobado, que establecía como punto de egreso el paso internacional de Salvador Mazza. Ante esas irregularidades, se dispuso la detención de los choferes y el secuestro de los vehículos y de la carga.
Luego, el peritaje realizado por la División Laboratorio Químico de la Policía Federal Argentina confirmó que la sustancia transportada era acetato de etilo, un solvente utilizado en procesos de refinamiento para la obtención de clorhidrato de cocaína.
La investigación de la sede fiscal también determinó que, con el propósito de mostrar y otorgar una apariencia de legalidad a la operación, la autorización de tránsito internacional había sido adulterada mediante un documento confeccionado con el formato del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en el que se incorporaron los dominios de los camiones utilizados.
La cooperación internacional
En el marco de la pesquisa también colaboró la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), que a través de la Red de Fiscales Antidroga de Latinoamérica (RFAI), de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), articuló mecanismos de cooperación directa con el punto de contacto del Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo a las facultades previstas en los convenios existentes entre ambos ministerios públicos y los tratados internacionales en materia de criminalidad organizada.
Ese intercambio permitió incorporar documentación de una investigación que se desarrollaba en el país vecino, en la que se habían allanado distintos depósitos de acetato de etilo, entre ellos uno en Cochabamba perteneciente a la firma señalada como destinataria final de la carga incautada en Argentina.
A partir de esas medidas, se determinó que el lugar no estaba habilitado como depósito de sustancias químicas, lo que incrementó la presunción sobre el posible desvío del precursor.







