El Gobierno Nacional decidió extender el plazo para que las empresas de medicina prepaga se adapten a las nuevas regulaciones, que incluyen la posibilidad de aplicar aumentos diferenciales en las cuotas y la obligación de notificar previamente dichos incrementos, junto con los costos de facturación.
Además de esta flexibilización, la resolución exige que las empresas informen a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre los criterios utilizados para establecer los aumentos en cada zona o región.
Asimismo, se establece que las prepagas deberán comunicar los incrementos en el valor de las cuotas dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).







