Confirman la prisión preventiva para el exdirigente piquetero «Tito» López y su familia por presunto lavado de activos

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La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó este jueves la prisión preventiva del exdirigente del MTD 17 de Julio, Ramón Alberto “Tito” López, su esposa Librada Romero y sus hijos David, Walter y Daniel López, quienes están acusados como coautores del delito de lavado de activos de origen delictivo, agravado por la habitualidad y la organización delictiva.

La resolución ratifica lo dictado en primera instancia por el juez federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich, tras rechazar los recursos presentados por las defensas de los cinco imputados. Según el expediente, el caso se encamina hacia un juicio oral que tiene previsto comenzar con audiencias preliminares en septiembre de 2025 ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

De acuerdo con la acusación del fiscal federal Patricio Sabadini, la familia habría participado de maniobras destinadas a introducir en el circuito legal fondos de origen ilícito. Estos fondos provendrían, entre otras fuentes, de delitos contra la administración pública provincial y actividades vinculadas a una presunta asociación ilícita.

El fallo de la Cámara, firmado por las juezas Rocío Alcalá y Patricia García, consideró que subsisten riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación. En sus fundamentos, se mencionó el hallazgo reciente de un vehículo presuntamente relacionado con la causa, lo que a criterio del tribunal indica que los acusados podrían contar con recursos económicos no declarados.

Además, se valoró la opinión del fiscal general Federico Carniel, quien señaló que la elevación a juicio incrementa la probabilidad de una condena, lo que también eleva el riesgo de que los imputados intenten evadir a la justicia.

Las defensas habían cuestionado la falta de fundamentación de la medida y argumentaron razones de salud y situación familiar para solicitar morigeraciones, como el estado de Librada Romero y la cercanía del penal con la familia en el caso de Daniel López. No obstante, el tribunal concluyó que el juez de primera instancia evaluó esos elementos y consideró que no resultaban suficientes para sustituir la prisión preventiva por medidas menos gravosas.

El tribunal también citó estándares internacionales vinculados a la evaluación del riesgo procesal en casos de delitos graves, y afirmó que la duración de la prisión preventiva se considera razonable en función de la complejidad de la causa y el avance del proceso judicial.

La resolución deja abierta la posibilidad de evaluar alternativas como la prisión domiciliaria para Romero, sujeta a un informe del Cuerpo Médico Forense, y el eventual traslado de Daniel López a la Unidad Penal N.º 7. Mientras tanto, la causa continúa su curso hacia el juicio oral.

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