La Justicia resolvió que el Gobierno Provincial cumplió la sentencia por el ordenamiento territorial de los Bosques Nativos

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Con la sanción del decreto 2157/22 firmado por el gobernador Jorge Capitanich, la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa dio por cumplida la Sentencia que obligaba al Estado a actualizar su Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos y cerró la causa.

La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa resolvió que el Gobierno del Chaco cumplió, a través del decreto N° 2157/22, la sentencia que obligaba al Estado a actualizar su Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) vencido en 2014. Así lo confirma la Resolución N° 190/2023 con fecha 5 de abril. “El Poder Ejecutivo es el órgano competente para actualizar las áreas afectadas a las categorías de bosques nativos…la manda judicial dispuesta por la Sentencia 197 se encuentra debidamente cumplimentada, toda vez que es facultad exclusiva del Sr. Gobernador actualizar el OTBN mediante un Decreto”, sostiene el documento.

Luego de la presentación de la organización ambientalista “Conciencia Solidaria al Cuidado del Medio Ambiente”, el fallo emitido el 11 de noviembre de 2021 y confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, prohibió el otorgamiento de permisos de cambio de uso de suelo en todo el territorio chaqueño hasta tanto el Gobierno procediera a la actualización del OTBN.

La Cámara resolvió que mediante la sanción del decreto N° 2157/2022 firmado por el ejecutivo provincial, luego de la actualización desarrollada por los ministerios de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible, y de Producción, Industria y Empleo, la Provincia cumplió con la obligación impuesta conforme las competencias emanadas de la Ley 1762-R (Ley Provincial de Bosques) y dio así por cerrada la causa.

“…el Sr. Gobernador actualizó el OTBN para la provincia del Chaco conforme la adjudicación de competencias ambientales complementarias y de presupuestos mínimos instituidas en el Art. 41 de la Constitución Nacional, en la Ley N°26.331, en el Decreto Reglamentario N.º 91/09 y en la Ley 1762-R…en el Marco del objeto de la demanda formulada a 41/57 y de los términos de la Sentencia dictada a fs. 603/618, es el Poder Ejecutivo el competente para actualizar el OTBN y ampliar las actividades permitidas en cada categoría (Art. 13 Ley 1762-R), por lo que el dictado del Decreto N.º 2157/22 cierra con lo ordenado en esta causa”, confirma la resolución judicial.

Decreto 2157/22

Este Decreto recoge el trabajo realizado por la Unidad Ejecutora conformada para la actualización del OTBN, por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible. Para ello se desarrolló una fase técnica con más de 31 reuniones así como una fase participativa con más de 55 talleres en total, con participación de diferentes organismos y organizaciones vinculados a los Bosques Nativos. El trabajo que duró más de un año fue validado en el marco del Consejo Provincial del Ambiente.

Todo el procedimiento se encuentra registrado en un expediente de más de cinco cuerpos compilado por la Subsecretaría de Ambiente y Biodiversidad del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible, a disposición de toda la población en cumplimiento al Acuerdo de Escazú y la Ley de Información Pública Ambiental.

Este nuevo mapa, que tiende al equilibrio entre la conservación del ambiente y la producción responsable, reduce la superficie total de la provincia sometida a desmonte, y pone especial foco en los corredores biológicos del Chaco Seco y del Chaco Húmedo, y en el Sitio Ramsar, e implementa una nueva subcategoría que asegura la intangibilidad del bosque hasta en un 80%, quedando el 20% restante con posibilidades de aprovechamiento forestal aunque sin cambio de uso de suelo.

Por último, sin perjuicio de la validez y la plena vigencia otorgada por la Justicia, el Decreto de actualización ha sido remitido a la Legislatura donde aguarda sanción a fin de otorgarle un mayor estatus normativo.

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