La Cámara de Apelaciones confirmó la guarda provisoria de la niña Cielo a favor de sus abuelos paternos

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La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia ratificó la decisión del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 1, que el 16 de diciembre de 2024 había dispuesto otorgar la guarda provisoria de una niña a sus abuelos paternos. La medida fue confirmada mediante la sentencia 201/25, firmada por los camaristas Fernando Heñin y Eloisa Barreto, en el marco de un caso de especial complejidad regido por el artículo 657 del Código Civil y Comercial.

Desde que tomó intervención en enero de este año, la Cámara desplegó una amplia actuación junto al Equipo Interdisciplinario y demás profesionales, con el objetivo de resguardar el interés superior de la niña y garantizar su derecho a ser escuchada. A lo largo del proceso se produjeron 14 informes técnicos, más de 50 presentaciones, cerca de 40 resoluciones y una treintena de oficios, todo ello culminando en un fallo de casi 100 páginas.

La fiscal de Cámara respaldó el criterio adoptado por los jueces. Por su parte, la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes consideró que la niña podría regresar al cuidado de su madre, siempre que esta garantizara el vínculo con la familia paterna. Sin embargo, los magistrados concluyeron que actualmente no se dan las condiciones necesarias para ello, según los informes técnicos y demás elementos de la causa. En particular, señalaron que aún no se han restablecido plenamente los derechos fundamentales de la niña, como su identidad, salud e intimidad, que se encontraban comprometidos.

Además, el tribunal subrayó la obligación de respetar las restricciones judiciales que impiden la difusión de cualquier información relacionada con la causa, a fin de proteger la privacidad e integridad de la menor involucrada. Este resguardo debe ser observado tanto por los familiares como por el entorno cercano y la comunidad en general.

La resolución de primera instancia que fue confirmada por la Cámara se apoya en antecedentes jurídicos del año 2023 y había sido avalada previamente por la Sala Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia del Chaco.

Finalmente, los jueces destacaron que más allá de las decisiones judiciales, el camino hacia el bienestar emocional de la niña requiere la colaboración activa de todos los adultos significativos en su vida, siempre guiados por su interés superior.

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